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Numero ExpedienteRO-00385-P-2026
Pautas

Durante el término de DOS (2) AÑOS deberá respetar las siguientes reglas de conducta: fijar y
mantener domicilio, del que no podrá ausentarse sin previa y expresa autorización de la autoridad
competente; abstenerse del consumo excesivo de bebidas alcohólicas y de consumir
estupefacientes; no cometer nuevos delitos; realizar comparendos cuatrimestrales ante el Instituto
de Asistencia a Presos y Liberados (IAPL) de Choele Choel; Prohibición de acercamiento a la
víctima Mikaela Arzarello, en donde ésta se encuentre en un perímetro de 100 metros a nivel
personal y de su domicilio sito en Moreno N° 1117 de Lamarque, como así prohibición de realizar
actos molestos y/o perturbadores respecto de la víctima de manera directa, por interpósita persona,
vía telefónica o virtual o cualquier otra vía o medio de comunicación. Todo ello bajo apercibimiento
de revocarse la condicionalidad de la pena impuesta