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Numero ExpedienteLegajo N° 35985 - Año 2021
Pautas

Cumplir con las siguientes reglas de conducta:
1-no cometer delitos,
2-mantener el domicilio informado y que está registrado en el legajo prohibiendo su modificación sin previa autorización jurisdiccional,
3-abonar en concepto de reparación del daño a la sociedad la suma de pesos diez mil, pagaderos en dos cuotas iguales, mensuales y consecutivas, de pesos cinco mil, debiendo abonar la primera cuota del 01 al 10 de agosto de 2021, a la cooperadora del hospital Ramón Carrillo, debiendo acompañar dentro de ese plazo comprobante de dicho pago a la Oficina Judicial,
4-someterse al control del Instituto de Asistencia a Presos y Liberados de la Provincia de Rio Negro, debiendo presentarse por primera vez dentro de los treinta días contados a partir del día de la fecha, en la modalidad y con la periodicidad que dicha repartición determine,
5-prohibir que el imputado se acerque a menos de trescientos kilómetros de la ciudad de San Martin de los Andes,
6-prohibir que el imputado se comunique, y prohibir que el imputado realice cualquier acto de intimidación, perturbación y/o violencia, ya sea en forma personal, telefónica, o por redes sociales, contra la señora PIERDOMINICI TANIA MARLI, como a su grupo familiar.”