| Numero Expediente | RO-00345-P-2026 |
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| Pautas | 1) Fijar y mantener domicilio que no podrá modificar sin previa autorización del Juez de Ejecución; 2) Presentaciones bimestrales ante el IAPL; 3) Abstenerse de abusar de bebidas alcohólicas ni consumir estupefacientes en la vía pública; 4) No cometer nuevos delitos; y 5) Prohibición de acercamiento en un radio no menor a los 50 mts. a las personas de Juan Leónidas Castillo y Juan Manuel Barra Contreras, como también a 100 mts. de sus respectivos domicilios sitos en calle Perito Moreno Nº 3876 y Las Cigüeñas Nº 1382, ambos de Gral. Roca. Debiendo asimismo abstenerse de realizar cualquier tipo de acto molesto o turbatorio hacia los nombrados, por cualquier medio, sea personalmente o por interpósita persona. Todo bajo apercibimiento de lo dispuesto por el último párrafo del art. 27 bis CP.- |