Ver Pautas

Actualizar Borrar

Numero ExpedienteRO-00066-P-2024
Pautas

Durante el término de TRES (3) AÑOS, el condenado deberá respetar las siguientes
reglas de conducta: 1) Fijar y mantener domicilio; 2) Presentación cuatrimestral por ante
la Oficina Judicial de Choele Choel sin perjuicio del contacto quepudiera tener con el
IAPL; 3) Prohibición de acercamiento a Gonzalo Adip Orozco en donde éste se encuentre
en un perímetro de 100 metros a nivel personal y de su domicilio sito en calle España N°
1388 de Lamarque, como así prohibición de realizar actos molestos y/o perturbadores
respecto de la víctima de manera directa, por interpósita persona, vía telefónica o virtual
o cualquier otra vía o medio; 4) Abstenerse de usar estupefacientes o de abusar de
bebidas alcohólicas; y 5) No cometer nuevos delitos. Todo bajo apercibimiento del art.
27 bis C.P., esto es, de revocarse la condicionalidad de la pena impuesta.-