| Pautas | Por el término de DOS
AÑOS y bajo apercibimiento de ley, consistentes en: a) fijar y mantener domicilio,
debiendo en caso de mudarse informarlo al Juzgado de Ejecución Diez; b) Presentarse
cuatrimestralmente ante el Juzgado de paz de Rio Colorado a fin de dar cuenta de su
situación de vida, y la intervención del IAPL de su domicilio; c) ABSTENERSE de
realizar actos ACTOS MOLESTOS Y-O PERTURBATORIOS respecto de la
denunciante NAHIR AILEN TECHERA, sin perjuicio de mantener contacto a fin de
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cumplir con los deberes parentales; d) abstenerse de consumir en forma excesiva
estupefacientes y en la vía publica ; e) abstenerse de consumir de manera abusiva
bebidas alcohólicas; f.) no cometer nuevos delitos.-
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