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Numero Expediente2RO-3163-JE2021
Pautas

a.-) fijar residencia y someterse al cuidado del Patronato, supliendo esto último con la comparecencia trimestral por ante Juzgado de Paz de la localidad de Pomona, Provincia de Río Negro;

b.-) abstenerse de cualquier acto de molestia o perturbación hacia la víctima de autos, Estefanía Díaz Arce, DNI 47.914.062, como así también su entorno familiar, con expresa prohibición de acercamiento a una distancia menor a 100 mts. del domicilio de ésta y de acercamiento personal del lugar donde se encuentre, siendo comprensiva tal imposición de toda molestia o acto de perturbación que pueda ocasionarse de manera directa o por intermedio de otra persona y/o inclusive llamadas telefónicas, mensajerías de texto y/o por medio de la utilización de redes
sociales;

c.-) no cometer nuevos delitos,

d.-) Someterse a un tratamiento Psicológico, previo informe que acredite su necesidad o eficacia, por ante Servicio
de Salud Mental del Hospital de la localidad de Pomona o en su defecto el zonal de Choele Choel, para el respectivo análisis de la problemática de eventuales adicciones, relación con el sexo opuesto, vivencia de su masculinidad, infancia, adultez, relación con niños, niñas y adolescentes; control de los impulsos, control de la ira, violencia de género;

Todo ello bajo apercibimiento de ley.