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Numero ExpedienteCI-00328-P-0000
Pautas

Hacer saber a Surber Juan José, que en el régimen de prisión domiciliaria deberá cumplir las siguientes pautas de conductas: a) Permanecer siempre en el domicilio fijado, salvo que por motivos excepcionales este en riesgo la vida o integridad física del mismo, debiendo poner en conocimiento de manera urgente al Juzgado de Ejecución esa circunstancia; b) Deberá tener el monitoreo de un dispositivo GPS, debiendo tener los recaudos para que este siempre activo y monitoreado; c) Deberá guardar buen comportamiento, no puede salir del domicilio salvo el caso de autorización judicial; d) Someterse a los estudios médicos y gestionar los turnos a través de su tutora, la realización de los tratamiento y estudios complementarios a fin de mejorar su estado de salud. Una vez obtenidos deberá la tutora deberá ponerlo en conocimiento de la defensa para poder autorizar los traslados con autorización suficiente; e) No molestar a la víctima bajo ningún medio, ni por si ni por interpósita persona.- Hacer saber que en caso de incumplir con una o todas las pautas será pasible de revocar la modalidad de prisión domiciliaria.-