| Numero Expediente | (47677/2023) |
|---|---|
| Pautas | 1) CONCEDER la LIBERTAD ASISTIDA al señor RIVERO, RAMÓN MIGUEL, D.N.I.: 21984998 a partir del día de la fecha. 2) Deberá cumplir con las siguientes reglas de conducta: a) Mantener domicilio en B° Nueva Jamaica Km 13, Calle Los Cometas 12687 de la ciudad de Bariloche. Domicilio del Sr. Levinieri Matías. Antes de cambiarlo deberá avisar a la Defensa. b) Presentarse cada 15 días en el Patronato de Liberados de Bariloche, ello hasta que la entidad modifique la periodicidad de presentación. c) Desarrollar actividades lícitas laborales formales o informales y acreditarlas dentro de un plazo de 40 días. d) Informar con una semana de anticipación a la Defensa el ingreso a la ciudad de Villa la Angostura. e) Prohibición absoluta de contacto o acercamiento con la víctima, el Sr. Ramírez Hugo. f) No cometer nuevo delito. g) Prohibición absoluta del consumo de alcohol y estupefacientes. h) Deberá gestionar una consulta en un centro de salud de la ciudad de Bariloche para el tratamiento de consumo problemático. 2) Comunicar lo resuelto de la presente audiencia al IAPL de Bariloche, y al Querellante, el Dr. Pettorosso Cristian. 4) Queda autorizado el Sr. Rivero Ramón a ingresar a la ciudad de Villa la Angostura durante el fin de semana del 31/07/26 al 02/08/26.” |