| Numero Expediente | RO-00087-P-2026 |
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| Pautas | a) fijar y mantener domicilio, del que no podrá ausentarse por tiempo prolongado (más de 15 días) sin previa y expresa autorización de la autoridad competente; b) abstenerse del consumo excesivo de bebidas alcohólicas y de consumir estupefacientes; c) no cometer nuevos delitos; d) realizar presentaciones bimestrales ante el IAPL; e) realizar curso sobre masculinidades del Ministerio de Seguridad y Justicia; f) prohibición de acercamiento al domicilio de la señora Samanta Hermosilla, sito en Villegas 4012 de General Roca, y a cualquier lugar donde ella se encuentre, a una distancia mínima de 200 metros, debiendo abstenerse además de realizar actos molestos o perturbadores hacia la misma, por cualquier medio de comunicación, en forma personal o por interpósita persona. Todo ello bajo apercibimiento de revocarse la condicionalidad de la pena impuesta (art. 27 bis., CPenal).- |