Numero Expediente | 1VI-7670-P2013 |
---|---|
Pautas | _Constituir domicilio del que no podrá mudar ni ausentarse sin previo conocimiento y autorización del Tribunal y someterse al cuidado del Instituto de Asistencia a Presos y Liberados, por el término de la concesión del beneficio. _Cumplir con la reparación económica de pesos trecientos ($300) oportunamente ofrecida. _Efectuar sesenta (60) horas de tareas comunitarias debiendo el Instituto de Asistencia a Presos y Liberados, entrevistarse a esos efectos con la imputada y procurar una Institución adecuada para el cumplimiento de aquellas, teniendo especialmente en cuenta lo manifestado por la misma. |