| Numero Expediente | 171142/ 23 |
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| Pautas | IMPONIENDO al como reglas de conducta por el término de TRES AÑOS a computar desde el momento en el que presente decisorio adquiera firmeza y en los términos del Art. 27 bis del C.P., las siguientes: 1.-Constituir domicilio en la ciudad de Salta y comunicar al Tribunal cualquier mutación del mismo en el término de 48 hs. de producido, y someterse al cuidad del Patronato de Presos y Liberados; 2.- abstenerse de usar estupefacientes y de abusar del consumo de bebidas alcohólicas; 3.- realizar estudios o prácticas necesarios para su capacitación laboral o profesional; 4.- Adoptar oficio, arte, industria o profesión, adecuado a su capacidad, todo ello bajo EXPRESO APERCIBIMIENTO DE REVOCARSE LA CONDICIONALIDAD DE LA PENA IMPUESTA en caso de incumplimiento injustificado, (Arts. 27 bis del C.P) |