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Numero ExpedienteCI-00080-P-2025
Pautas
  1. No cometer nuevos delitos. 
  2. Mantener el domicilio y el teléfono debiendo, de forma previa, informar al Juzgado de ejecución respecto a cualquier cambio o ausencia. 
  3. No consumir alcohol ni estupefacientes en lugares públicos ni privados.
  4. someterse al seguimiento y control del IAPL, debiendo realizar presentaciones cada dos meses, bajo la modalidad que el organismo determine, pudiendo ser presencial o por medios digitales. 
  5. prohibición de acercamiento y todo tipo de contacto y por todo medio a una distancia no menor de 500 metros respecto del domicilio ubicado en Alaska 66 y de la persona de Andrade, así como la obligación de alejamiento en caso de encuentro accidental en lugar público y/o privado. 

Todas y cada una de las pautas se imponen bajo apercibimiento automático de revocar la condicionalidad de la pena. (art. 27 bis CP).