| Numero Expediente | RO-00005-P-2026 |
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| Pautas | a) Fijar y mantener un domicilio del cual no podrá ausentarse sin previa y expresa autorización del Juzgado de Ejecución Penal Nº 10 de General Roca. A tal fin, el condenado Schonfeld fija domicilio en Gral. Villegas Nº 690, piso 1, de la ciudad de San Martin de los Andes, provincia de Neuquén y el condenado Curipe en Barrio Padre Gardin, Pasaje 4, Casa 26, de Villa Regina. b) Presentarse ante el Instituto de Presos y Liberados de la ciudad de General Roca una vez cada tres meses a fines de dar cuenta de sus condiciones de vida; c) Abstenerse de consumir estupefacientes y abusar del consumo de bebidas alcohólicas; d) Realizar un tratamiento psicológico orientado al control de impulsos y prevención de conductas violentas, previo informe del Cuerpo de Investigación Forense que acredite su necesidad y eficacia; e) Prohibición de ingresar y/o permanecer en el barrio Don Bosco, de Villa Regina; f) Prohibición de acercamiento a un radio inferior de 50 mts. de las personas de Jessica Paola Constanzo (DNI 36.713.109), Miguel Ángel Aguirre (DNI 41.100.632) y Armando Luís Navoni (DNI 12.182.063), como así, prohibición de matener todo tipo de contacto y/o comunicación por cualquier medio y forma para con los nombrados, sea por sí o por intermedio de terceras personas (art. 27 bis, del Código Penal) |