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Numero ExpedienteRO-00016-P-2026
Pautas

a) Fijar y mantener domicilio, del que no podrá ausentarse sin previa y expresa autorización del juez de Ejecución, se tiene por fijado el mencionado al inicio de la audiencia ;

b) Presentaciones cada cuatro meses ante el IAPL de su domicilio

c) Abstenerse del consumo excesivo de bebidas alcohólicas y abstenerse del uso de estupefacientes, en la vía publica.-

d) Realizar tratamiento psicológico previo informe del Cuerpo Medico Forense sobre su necesidad y eficacia; y en caso de ser necesario, el mismo sea realizado en salud mental del hospital más próximo a su domicilio (o donde lo gestione el IAPL) a efectos de trabajar sobre las conductas violentas en las relaciones de pareja; y el consumo problemático de alcohol y estupefacientes.

e) Prohibir a NAVARRO el acercamiento a un radio menor de 100 mts del domicilio sito en calle Stefano Stablum N°470 de Los Menucos y de calle Gelonch N°207 depto N°8 de General Roca , de (R.N.); y a 100 mts de la persona de GIULIANA NILDA NUIN, impidiéndole mantener cualquier tipo de contacto con la misma, sea gestual, telefónico, a través de redes sociales (por ej. Facebook, Twitter, WhatsApp, mensajería instantánea, etc.) por si o por interpósita persona, bajo apercibimiento de incurrir en el delito de desobediencia a una orden judicial (art. 239 C.P.)