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Numero ExpedienteBA-00170-P-2025
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a) fijar domicilio en la calle Rivadavia y Alicura, Barrio Vivero de San Carlos de Bariloche, debiendo comunicar a éste juzgado cualquier cambio en el mismo antes de efectivizarse para poder realizar el informe social pertinente; b) No ausentarse de la provincia de Río Negro sin autorización del Juzgado; c) Abstenerse de consumir o tener en posesión bebidas alcohólicas, estupefacientes o psicofármacos no prescriptos por la autoridad médica; d) no cometer nuevos delitos ni contravenciones; e) no concurrir a determinados lugares o frecuentar determinadas personas que pudieran obstaculizar su debida reinserción social; f) someterse al cuidado del Patronato, presentándose una vez por mes; g) adoptar profesión u oficio, el que comunicará al Juzgado; h) abstenerse de generar conflictos y/o daños sobre las cosas o las personas; i) no portar armas de cualquier naturaleza ni tener en su domicilio armas de fuego. Todo ello bajo apercibimiento en caso de incumplimiento injustificado, de revocar la libertad asistida y ordenar la inmediata detención hasta el cumplimiento total de la pena, ya que el presente instituto no modifica en nada la sentencia condenatoria, la que se mantiene inalterable. III) OFICIAR A UADME haciendo saber que se ha incorporado a HORACIO FRANCISCO CACERES al régimen de libertad asistida, bajo la tutoría conjunta del Sr. Cañuqueo Juan Agustín, DNI. 36.353.265, teléfono 2944 663125 y del Sr. Daniel Calfuquir, DNI 47.470.801, teléfono 2944609521, con domicilio en calle Rivadavia y Alicura, Barrio Vivero de San Carlos de Bariloche, donde deberán instalar un dispositivo de monitoreo electrónico. ...