| Numero Expediente | RO-00573-P-2025 |
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| Pautas | 1) Fijar y mantener domicilio; 2)Prohibición de acercamiento a un radio no menor a los 200 mts. al domicilio de Ignacio Andrés Guidi sito en Chacra N° 292 Lote 10 de Cervantes y a 50 mts. de la persona del nombrado. Debiendo asimismo abstenerse de mantener con la víctima cualquier tipo de contacto y por cualquier medio; 3) Presentarse trimestralmente ante el IAPL; 4) Previa evaluación por parte del CIF local sobre su necesidad y pertinencia, deberá realizar un tratamiento por sus adicciones, por ante el Area de Salud Mental del Hospital local, cuyo turno será tramitado por el Juzgado de Ejecución interviniente; 5) No cometer nuevos delitos. Todo bajo apercibimiento de los dispuesto por el art. 27 bis CP, esto es de revocarse la condicionalidad de la pena impuesta.- |