| Numero Expediente | RO-00551-P-2025 |
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| Pautas | a) Fijar y mantener domicilio, b) no cometer delitos, c) Presentaciones trimestrales en IAPL, d) Prohibición de acercamiento, de contacto y hostigamiento, incluye cualquier medio virtual, por si o terceros, a 100 metros a las victimas y a sus domicilios sitos el de Macarena Alarcón y el niño Bruno Aros en calle 1° de Mayo 253 Barrio El Progreso de Neuquén Capital, y el de Paola Romero y Angeles Alberto en Pasaje Pública A 101A #1441 del Barrio Nuevo de esta ciudad, E) No consumir alcohol o estupefacientes en exceso en la vía publica, f) cumplimentar el Programa "Masculinidad y Violencia", del Ministerio de Seguridad y Justicia, programa que se coordina a través de la Subsecretaría de Articulación de Políticas del Ministerio, y se trabaja junto al Área de Género y al Instituto de Asistencia a Presos y Liberados, en su defecto el programa que el IAPL determine, reglas que deberá cumplir bajo apercibimiento de revocar la condicionalidad de la pena en caso de incumplimientos reiterados e injustificados, con mas las costas del proceso.(arts. 26, 29 inc. 3 del C.P. y 266 del C.P.P.).- |