| Numero Expediente | BA-00136- P-2024 |
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| Pautas | a) fijar domicilio en la calle Yatasto N° 717 Barrio Santo Cristo de San Carlos de Bariloche, debiendo comunicar a éste juzgado cualquier cambio en el mismo antes de efectivizarse para poder realizar el informe social pertinente. Deberá permanecer en el domicilio fijado sin excepción todos los días entre las 22 hs. y las 07 hs. b) No ausentarse de la provincia de Río Negro sin autorización del Juzgado; c) Abstenerse de consumir o tener en posesión bebidas alcohólicas, estupefacientes o psicofármacos no prescriptos por la autoridad médica; d) no cometer nuevos delitos ni contravenciones; e) no concurrir a determinados lugares o frecuentar determinadas personas que pudieran obstaculizar su debida reinserción social; f) someterse al cuidado del Patronato, presentándose una vez por mes; g) adoptar profesión u oficio, el que comunicará al Juzgado; h) abstenerse de generar conflictos y/o daños sobre las cosas o las personas; i) no portar armas de cualquier naturaleza ni tener en su domicilio armas de fuego; j) prohibición total y absoluta de tener cualquier tipo de contacto ya sea físico o virtual -por redes sociales- con la familia de la víctima. Todo ello bajo apercibimiento en caso de incumplimiento injustificado, de revocar la libertad condicional y ordenar la inmediata detención hasta el cumplimiento total de la pena, ya que el presente instituto no modifica en nada la sentencia condenatoria, la que se mantiene inalterable (artículos 13 del Código Penal). III) IMPONER A NICOLAS LEANDRO RIOS COMO ESPECIAL PAUTA DE CONDUCTA, LA REALIZACIÓN DE UN TRATAMIENTO DE ADICCIONES ANTE EL SEDRONAR, A.A, HOSPITAL DE DÍA "LA SALIDA" y/ o cualquier otro dispositivo de su elección. La Defensa dispondrá de un plazo improrrogable de DIEZ (10) DÍAS para acreditar la concurrencia de su asistido al Sedronar. Bajo apercibimiento |