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Numero ExpedienteMPF-BA-02225-2025
Pautas

1) Mantener su domicilio y número de teléfono; informar en caso de modificarlos; 2) No cometer delitos; 3) Continuar la prohibición de acercamiento, a una distancia no menor de 200 mts, de Nélida Pichiñanco y Marina Domínguez, de cualquier lugar que conozca que estén las Sras. y del domicilio sito en Cacique Casimiro 3964 del Barrio Frutillar de esta localidad. Asimismo, la prohibición de contacto por cualquier medio; 4) Presentarse ante el IAPL una vez cada dos meses; 5) Realizar un curso de nuevas masculinidades; 6) Realizar un tratamiento psicológico con orientación en el tratamiento de control de impulsos que informa el CIF; 7) Reparar en $50.000 a la Sra. Marina Domínguez, debiendo depositar en la cuenta personal que esta indique antes del 10/10/2025; todo ello bajo apercibimiento de revocarle el beneficio en caso de incumplimiento, de conformidad con los arts. 76 bis y ter del C.P y 98 del C.P.P.