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Numero ExpedienteMPF-VI-01249-2025
Pautas

Conceder el beneficio de suspensión de juicio a prueba al Sr. Ceballos Cárdenas, por el plazo de un (1)año, durante el cual deberá cumplir con las siguientes pautas de conducta:

1- Fijar domicilio, y no mudarlo sin previa comunicación.

2- Prohibición de contacto, por sí o por terceras personas y por cualquier medio, hacia la Sra. Godoy, asícomo la prohibición de realizar actos molestos o perturbadores hacia la víctima.

3- Prohibición de acercamiento en un radio de 300 metros a la persona de la Sra. Godoy donde se encuentrey a su domicilio.

4- Reparación económica por la suma de $60.000, pagadera en dos cuotas de $30.000 cada una, siendo laprimera el 01/10 y la segunda el 01/11. Se fija un plazo de cinco (5) días para que la Fiscalía informe si laSra. Godoy acepta la reparación en dinero o prefiere su equivalente en especie (pañales), pudiéndoseajustar en este último caso.

5- Realización de un curso de Nuevas Masculinidades dictado por el Ministerio de Seguridad, haciéndosesaber que tiene un plazo de diez (10) días para acreditar la inscripción, y que las acreditaciones se realizanlos días jueves.

6- Realización de un tratamiento psicoterapéutico en la materia que se aborda en el presente legajo,violencia de género, que deberá sostener y mantener por el plazo de un (1) año o hasta el alta delprofesional correspondiente cuyo inicio deberá acreditarlo en el plazo de quince (15) días hábiles.

7- Someterse al control del I.A.P.L.