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Numero ExpedienteMPF-CI-06163-2024
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: a) fijar domicilio que no podrá cambiar sin previa comunicación a la autoridad judicial, debiendo presentarse una vez cada tres meses ante el Patronato de Presos y Liberados a cuyo control debe someterse, todo bajo supervisión del Juzgado de Ejecución de esta ciudad b) no abusar de bebidas alcohólicas y abstenerse del consumo de estupefacientes; c) no cometer nuevos delitos; d) Continuar bajo el control de UADME con el dispositivo de seguimiento electrónico durante los próximos seis meses. Ello sujeto a modificación y/o cancelación a partir del cuarto mes, siempre y cuando cuente con el visto favorable del Fiscal; e) respetar la prohibición de acercarse personalmente o por cualquier medio a la víctima Milagros Estefanía Mora y a su domicilio a una distancia de doscientos metros; e) respetar la prohibición de acercamiento de doscientos metros al domicilio de la Sra. Roxana González.