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Numero ExpedienteRO-00370-P-2025
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fijar y mantener domicilio, del que no podrá ausentarse por tiempo prolongado (más de 15 días) sin previa y expresa autorización de la autoridad competente; abstenerse del consumo excesivo de bebidas alcohólicas y de consumir estupefacientes; no cometer nuevos delitos; realizar presentaciones cada tres meses ante el Instituto de Asistencia a Presos y Liberados; prohibición de acercamiento a la víctima Abigail Betsabé Reinetti, DNI 49339548, en un radio de 100 metros de su domicilio, sito en calle Miguel Huayquinao nro. 197 de General E. Godoy y del lugar donde se encuentre, debiendo abstenerse también de realizar cualquier tipo de conductas que resulten molestas o perturbadoras para la misma, en forma directa, por interpósita persona o a través de cualquier tipo de medio tecnológico o publicaciones que tiendan a ese fin. Por último, también deberá realizar tratamiento psicológico tendiente a prevenir la reiteración de conductas delictivas como la aquí juzgada, previo dictamen médico o psicológico por parte del Cuerpo de Investigación Forense que establezca su necesidad y conveniencia, con la modalidad y el plazo que se estime necesario, que tendrá como límite temporal el de las presentes reglas de conducta, el que será realizado en el sector de Salud Mental del hospital que determine la autoridad de ejecución, en función del domicilio real del imputado