| Numero Expediente | MPF-CI-.00323-2024, |
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| Pautas | plazo de dos años: a) Fijar domicilio que no podrá mudar sin previo aviso a la autoridad de control, debiendo presentarse una vez por mes ante el Juzgado de Ejecución de esta ciudad y someterse al control del Patronato de Presos y Liberados. Para el caso de concretar el cambio de domicilio a la localidad de Darwin (calle Don Bosco N° 353) deberá cumplir con las presentaciones en la Subcomisaría 72 de esa población b) No cometer ningún delito c) No abusar de bebidas alcohólicas y abstenerse del consumo de estupefacientes d) Respetar la prohibición de acercamiento y contacto personal y por cualquier medio a la víctima; y e) Asistir al turno que se le asigne en el CIF para que sea examinado y se evalúe si precisa realizar tratamiento psicológico con motivo del hecho por el que se lo ha condenado.; a los fines pertinentes.- 9/12/25 modificar la Pauta a) quedará redactada de la siguiente forma: "Fijar domicilio que no podrá mudar sin previo aviso a la autoridad de control, debiendo presentarse una vez por mes ante el IAPL delegación Cipolletti (art. 27 bis del C.P. y Anexo V del Dec. 1634/04).- II.- IMPONER la realización de un tratamiento psicológico para evitar conductas como por las que fue condenado M.A.B., debiendo acreditar el inicio en un plazo no mayor a 30 días, bajo la periodicidad que la o el profesional establezca. El mismo debe realizarse hasta el vencimiento de las pautas o alta otorgada. Además que deberá acreditarlo ante el IAPL delegación local |