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Numero ExpedienteRO-00201-P-2025
Pautas

a) Fijar y mantener un domicilio del cual no podrá ausentarse sin previa y expresa autorización del Juzgado de Ejecución Penal N° 10 de General Roca;

b) Presentarse ante el Instituto de Presos y Liberados de la ciudad de General Roca una vez cada tres meses a fines de dar cuenta de sus condiciones de vida;

c) Abstenerse de consumir estupefacientes y de abusar del consumo de bebidas alcohólicas; y

d) Realizar el curso que dicta el IAPL para personas condenadas por hechos delictivos producidos en un contexto de violencia de genero (art. 27 bis, del Código Penal).