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Numero ExpedienteRO-00296-P-2025
Pautas

a) Fijar y mantener un domicilio del cual no podrá ausentarse sin previa y expresa autorización del Juzgado de Ejecución Penal Nº 10 de General Roca; b) Presentarse ante el Instituto de Presos y Liberados de la ciudad de General Roca una vez cada tres meses a fines de dar cuenta de sus condiciones de vida; c) Abstenerse de consumir estupefacientes y bebidas alcohólicas; d) Realizar un tratamiento para su adicciones en REMAR, lugar que deberá informar la defensoría pública una vez que se concreten los trámites. Asimismo, deberá acreditar la realización y finalización del mismo; y e) Prohibición de acercamiento a un radio inferior de 50 mts. de la persona de la Sra. Silviana Beatríz Farías y 100 mts. del domicilio, sito en calle 8 de Noviembre Nº 1012, de Villa Regina, sus lugares de trabajo y de esparcimiento, así como también de realizar actos de turbación o molestias por cualquier forma y/o cualquier medio de comunicación (art. 27 bis, del Código Penal).