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Numero ExpedienteBA-00141-P-2025
Pautas

III. Imponer al nombrado como pautas de conducta por el termino de tres años la fijación de domicilio y prohibición de mudarlo sin darle aviso al defensor o al tribunal, presentación bimestral en el IAPL y realización del curso de nuevas masculinidades en dicho organismo, la prohibición de acercamiento y de cualquier tipo de contacto respecto de la víctima Giuliana Andrea Paez Duran, no cometer nuevo delito y la realización de un tratamiento psicológico previo informe del CIF sobre necesidad y eficacia en torno a la impulsividad de su conducta; todo ello bajo apercibimiento de revocar la condicionalidad de la pena. (artículos 26, 27 bis del Código Penal).-