Numero Expediente | RO-00181-P-2025 |
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Pautas | 1. Fijar y mantener actualizado el domicilio; 2. Realizar presentaciones TRIMESTRALES ante el IAPL; 3. No cometer delitos; 4. Realizar un tratamiento psicológico siempre y cuando sea dictaminado como necesario desde el CIF de General Roca (previo entrevistarse con el imputado); 5. Mantener una prohibición de todo tipo de contacto hacía la víctima (ya sea de forma personal, gestual, telefónica, digital -redes sociales y aplicaciones de mensajería instantánea-, por sí o por interpósita persona), como así también una prohibición de acercamiento en un radio de 50 metros de la víctima y 200 metros de su domicilio sito en CHACRA 33 - LOTE J - PUENTE DE FIERRO, CHICHINALES.- Todo bajo apercibimiento del art. 27 bis del CPENAL.- |