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Numero Expediente2RO-2039-JE2017
Pautas
  1. Fijar domicilio, del que no podrá ausentarse por periodos prolongados sin autorización del Tribunal,
  2. Abstenerse de abusar de bebidas alcohólicas o consumir sustancias estupefacientes,
  3. No cometer nuevos delitos,
  4. Observar buena conducta y abstenerse de concurrir a lugares o frecuentar a personas que pongan en peligro el compromiso asumido,
  5. Someterse al cuidado y supervisión del Instituto de Asistencia a Presos y Liberados de esta ciudad en los términos que esa autoridad establezca. Todo ello bajo apercibimiento de revocar la condicionalidad de la pena (art. 27 bis tercer párrafo….)

 

S/Oficio 26/09/2019, el Sr Juez de Ejecución Penal Dr. Juan Pablo Chirinos

RESUELVE:

  1. CONTINUAR QUINTREMAN, MIRIAM GRACIELA bajo la prisión de ejecución Condicional,
  2. COMPUTAR como inicio de cumplimiento de reglas de conducta por QUINTREMAN MIRIAM GRACIELA desde el 06/08/2019, fecha en la que adquirió firmeza las sentencia  en virtud del rechazo del recurso por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, por el plazo de dos años.
  3. MODIFICAR la regla de conducta e) por lo que QUINTREMAN MIRIAM GRACIELA deberá comparecer trimestralmente ante el Instituto de Asistencia a Presos y Liberados de esta ciudad.