Pautas |
- Fijar domicilio, del que no podrá ausentarse por periodos prolongados sin autorización del Tribunal,
- Abstenerse de abusar de bebidas alcohólicas o consumir sustancias estupefacientes,
- No cometer nuevos delitos,
- Observar buena conducta y abstenerse de concurrir a lugares o frecuentar a personas que pongan en peligro el compromiso asumido,
- Someterse al cuidado y supervisión del Instituto de Asistencia a Presos y Liberados de esta ciudad en los términos que esa autoridad establezca. Todo ello bajo apercibimiento de revocar la condicionalidad de la pena (art. 27 bis tercer párrafo….)
S/Oficio 26/09/2019, el Sr Juez de Ejecución Penal Dr. Juan Pablo Chirinos
RESUELVE:
- CONTINUAR QUINTREMAN, MIRIAM GRACIELA bajo la prisión de ejecución Condicional,
- COMPUTAR como inicio de cumplimiento de reglas de conducta por QUINTREMAN MIRIAM GRACIELA desde el 06/08/2019, fecha en la que adquirió firmeza las sentencia en virtud del rechazo del recurso por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, por el plazo de dos años.
- MODIFICAR la regla de conducta e) por lo que QUINTREMAN MIRIAM GRACIELA deberá comparecer trimestralmente ante el Instituto de Asistencia a Presos y Liberados de esta ciudad.
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