Numero Expediente | MPF-EB-01078-2020 |
---|---|
Pautas | a) fijar domicilio y no ausentarse por plazo mayor a 30 días sin ser informado al I.A.P.L., b) abstenerse de consumir estupefacientes y abusar de bebidas alcohólicas, c) someterse al control por parte del Instituto de Presos y Liberados, y d) no cometer delito artículo 27 bis del Código Penal e) concurran al IAPL cada 3 meses, f) se abstengan de contactar a las víctimas, ya sea en forma directa o por interpósita persona. |