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Numero ExpedienteLEGAJO N° 232773/2022,
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4 AÑOS DE PAUTAS DE CONDUCTA

1) la prohibición de acercamiento y contacto por cualquier vía, no solo física sino también telefónica o a través de redes, por sí o por terceras personas, a la víctima Saira Luna Muñoz;

2) la obligación de mantener su domicilio e informar cualquier modificación;

3) la obligación de concurrir de manera trimestralmente a la Dirección de Población Judicializada;

4) la prohibición de consumo de estupefacientes y la ingesta abusiva de alcohol y

5) concurrir al Gabinete de Psiquiatría y Psicología Forense a los efectos de ser evaluado y determinar –en virtud de la naturaleza de la imputación- la necesidad de realizar un tratamiento psicológico y/o psiquiátrico, en caso afirmativo: realizarlo. Quedando en cabeza del MPF la gestión del turno para la evaluación en cuestión.

Y durante dos (2) años, deberá cumplir como regla de conducta con el pago mensual y consecutivo de la suma de doscientos mil (200.000) pesos, para que la niña pueda retomar su tratamiento psicológico. Estas cuotas deberán ser pagaderas entre el 1/10 de cada mes y cada tres meses dicho monto deberá ser actualizado en un diez (10) porciento de su valor. Pago que se hará mediante transferencia bancaria a la
progenitora de la niña, quedando también en cabeza de MPF obtener y poner a disposición lo datos bancarios correspondientes.