Numero Expediente | RO-00029-P-2025 |
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Pautas | a) fijar y mantener domicilio, debiendo en caso de mudarse informarlo al Juzgado de Ejecución Diez; b) abstención de ingresar a la ciudad de Choele Cheol Y prohibición acercamiento al denunciante Jose Ezequiel Cabana domicilio laboral en Alsina 700 y domicilio particular en Tello 289 ambos de Choele Choel, y ante encuentros ocasionales prohibición acercamiento a cien metros debiendo retirarse a esa distancia Y prohibición de acto molesto o perturbatorio, personalmente o por cualquier via, sea virtual o por dispositivos electrónico. c) no cometer nuevos delitos; d) abstenerse de consumir estupefacientes;y abstenerse de consumir de manera abusiva bebidas alcohólicas, en la faz publica o con afectación a terceros e) presentarse ante el IAPL EN FORMA trimestral. a dar cuenta de su situación de vida, y la pena conjunta de INHABILITACION ESPECIAL para tener y o portar armas por el doble tiempo de la condena y al pago de las costas del proceso (art. 266/267 CPP).- |