Numero Expediente | MPF-CH-01514-2023 |
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Pautas | a) Fijar domicilio el cual deberá mantener y en caso de mudarlo, o ausentarse por un tiempo prolongado o del país, deberá dar cuenta de ello al Juzgado de Ejecución, someterse además al control del IAPL; b) Un comparendo cuatrimestral por ante la Oficina Judicial de Choele Choel, sin perjuicio del contacto que pueda haber desde el IAPL, todo a fin de dar cuenta de sus condiciones de vida; c) La total prohibición de acercamiento hacia la víctima, a una distancia no menor a 100 metros, donde ella encuentre y a su domicilio, sito en calle en Islas Malvinas 435 de Choele Choel, y en caso de que haya un encuentro casual, deberá ponerse inmediatamente a esa distancia, incluye la prohibición de cualquier tipo de acto molesto o perturbatorio, por si o por interpósita persona, telefónico, y/o redes sociales, sin perjuicio de lo que disponga el fuero de familia, por supuesto, respecto del régimen de comunicación con su niño; d) La prohibición del consumo de estupefacientes y del abuso de bebidas alcohólicas en la faz pública; e) No cometer nuevos delitos, todo apercibimiento de revocar la condicionalidad de la pena, en caso de incumplimientos reiterados e injustificado; y al pago de las costas del proceso (arts. 26, 29 inc. 3 del C.P. y 266 del CPP).- |