Numero Expediente | FGR 23742/2015/TO1/5 |
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Pautas | _Denunciar cualquier cambio de domicilio al Tribunal. _Presentarse ante el Instituto de Asistencia a Presos y Liberados O Juzgado de Paz más cercano a su domicilio en forma bimestral. _Observar buena conducta, para lo cual deberá abstenerse de concurrir a lugares y/o relacionarse con personas que pongan en peligro la exigencia.
_Abonar el mínimo de la pena de multa –como pena conjunta con la de prisión–, y las costas del juicio (arts. 530 y 533 del CPPN), importes que serán deducidos del dinero secuestrado en autos (cfr. fs. 165/166), debiendo disponerse el dinero remanente en carácter de donación al Hospital Público de la localidad de San Antonio Oeste. |