Numero Expediente | RO-00617-P-2024 |
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Pautas | a) fijar y mantener domicilio, del que no podrá ausentarse sin previo aviso al Juzgado de Ejecución Penal interviniente; b) no cometer nuevos delitos; c) presentarse en forma mensual, del 1 al 10 de cada mes, por ante el Instituto de Asistencia a Presos y Liberados de la ciudad de General Roca; d) no acercarse a un radio de cien metros de Melisa Naduam, su domicilio y el lugar en el que se encuentre, ni mantener contacto con ella; e) someterse a un tratamiento de rehabilitación de adicciones en APASA, debiendo presentarse por primera vez al turno otorgado para el día 30 de diciembre de 2024 a las 10:00 horas en la calle Maipú nro. 1308 de General Roca (R.N.), haciéndole saber que su incomparecencia injustificada importará no solamente el incumplimiento de la regla sino la comisión del delito previsto en el art. 239 del CP. Todas estas reglas de conducta se deben ser cumplidas bajo apercibimiento de revocársele la condicionalidad de la condena. |