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Numero ExpedienteMPF-BA-01087-2024
Pautas

1) fijar domicilio y prohibición de mudarlo sin darle aviso al defensor o al tribunal, 2) presentación trimestral en el IAPL, 3) la prohibición de cualquier tipo de contacto con la víctima y acercamiento a una distancia menor a 200 metros de su domicilio sito en Cerro Runge 1404 de esta ciudad y del Colegio Woodville de esta ciudad, 4) prohibición de abusar del consumo de bebidas alcohólicas y de consumir estupefacientes, 5) realizar un tratamiento psicológico previo dictamen del CIF que acredite su necesidad y eficacia, y 6) no cometer nuevo delito. Todo bajo apercibimiento de revocar la condicionalidad de la pena en caso de incumplimiento (artículos 26, 27 bis del Código Penal)