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Numero ExpedienteMPF-BA-06509-2023
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III. Imponer al nombrado como pautas de conducta por el termino de dos años la fijación de domicilio y prohibición de mudarlo sin darle aviso al defensor o al tribunal, presentación trimestral en el IAPL, la prohibición de acercamiento y de cualquier tipo de contacto respecto de la víctima Maira Noemi Valenzuela, prohibición de abusar de bebidas alcohólicas y de consumir estupefacientes, no cometer nuevo delito y continuar con el tratamiento en salud mental del Hospital Zonal con informes trimestrales que deberán ser remitidos a la Fiscalía; todo ello bajo apercibimiento de revocar la condicionalidad de la pena. (artículos 26, 27 bis del Código Penal).- IV. Se le haga saber a la víctima a través de la fiscalía respecto de lo normado por el art. 11 bis de la ley 24.660.- V. Disponer que la presente sentencia condenatoria sea registrada en el registro provincial de condenados por delitos contra la integridad sexual (ReProCoIns) de acuerdo a lo normado en el artículo 191 tercer párrafo del C.P.P.- VI. Disponer la inmediata libertad de Emanuel Valenzuela. VII. Dejar constancia de la renuncia de las partes a los plazos procesales.- VIII. Protocolizar, comunicar y remitir al Juzgado de ejecución nro 12. Fdo. Dr. Sergio Pichetto, Juez de Juicio”.-