Numero Expediente | IPP 02-00-5222/21 //// 34277 |
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Pautas | 1) Convertir en libertad asistida en términos de condicional la excarcelación oportunamente concedida a FRANCO COLLADO, bajo las siguientes condiciones: a) Residir en calle Lima 326 de Catriel, provincia de Río Negro. b) No frecuentar personas o lugares y abstenerse de actividades o conductas inconvenientes para su adecuada inserción social. c) Abstenerse de ingerir bebidas alcohólicas y/o estupefacientes. d) Someterse al cuidado del Instituto de Asistencia a Presos y Liberados de Cipolletti, Río Negro. e) La prohibición de acercamiento a la víctima de autos, y a los testigos de cargo, que actuaran en el juicio que determinara la condena impuesta oportunamente. Todo ello bajo apercibimient |