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Numero ExpedienteMPF-SA-01596-2024
Pautas

a) fijar residencia y someterse al cuidado del patronato; b) no

cometer nuevos delitos; c) no abusar de estupefacientes ni bebidas alcohólicas; d)

abstenerse de acercarse a 200 mts. de los lugares de los hechos ubicados todos enSan Antonio Oeste (San Martín 1931, Argentino Pérez 980, Güemes y Alem, Brown

20, Belgrano y O’Higgins, Brown y Roca y Belgrano 1990); e) abstenerse de

mantener contacto por cualquier medio –telefónico, redes sociales, terceros, etccon las víctimas de cada uno de los hechos (Víctor Levi Peña, Rocío Malen Ancaten,

Fabian Néstor Calabró, Alfaro, María Salinas); f) someterse a un tratamiento

psicoterapéutico acorde a la problemática de adicciones en el área de salud mental

de la institución pública o privada que corresponda -a elección del imputado- por el

referido lapso de 2 años o hasta el alta respectiva si ello aconteciera con

anterioridad, previo entrevista de admisión que determine su necesidad y eficacia