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Numero ExpedienteMPF-BA-01048- 2023
Pautas

1) Reparación económica a la víctima de $100.000 mensuales por el término de un año; 2) realización de un tratamiento psicológico previo informe de necesidad y eficacia del CIF, 3) presentación ante el IAPL de cada 2 meses, 4) no abusar del consumo de bebidas alcohólicas ni consumir estupefacientes, 5) fijar y mantener domicilio y teléfono, debiendo informar si los cambia, 6) no cometer nuevos delitos, 7) prohibición de acercamiento y contacto respecto de la víctima y su madre; todo ello bajo apercibimiento de revocar el beneficio en caso de incumplimiento, de conformidad con los arts. 76 bis y ter del C.P y 98 del C.P.P.