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Numero Expediente 10899-3
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I - CONCEDER LA LIBERTAD ASISTIDA EN LOS TÉRMINOS DE LIBERTAD CONDICIONAL A AYALA ALFREDO EMILIANO (FC N° 282.200), respecto de la pena de 10 años de prisión, accesorias legales y costas, dictada en la causa N° 4096 del registro del Tribunal en lo Criminal N° 5 Departamental, LA QUE DEBERÁ HACERSE EFECTIVA EN EL DÍA DE LA FECHA DESDE SU ACTUAL LUGAR DE ALOJAMIENTO, siempre y cuando no registre orden de anotación a disposición otro juzgado o tribunal, previo labrado del acta correspondiente y hacerle entrega al liberado de copia certificada de la presente resolución (art. 104 de la ley 12.256). II - SOMETER a AYALA ALFREDO EMILIANO (FC N° 282.200) , a cumplir las condiciones del art. 106 de la ley 12.256, debiendo el Patronato de Liberados ejercer un férreo control post-penitenciario, bajo apercibimiento de proceder con arreglo a lo previsto en el art. 107 y ss. del mismo ‰7k!pH&77l,Š cuerpo legal III- DISPONER a AYALA ALFREDO EMILIANO (FC N° 282.200) UNA MEDIDA DE RESTRICCIÓN DE ACERCAMIENTO respecto de la familia de la víctima, por lo menos a 500 metros de distancia, como así también, por ningún otro medio (personal, postal, telefónico, por correo electrónico u otro cualquiera), ello bajo apercibimiento de ley en caso de incumplimiento, de revocar el beneficio que por la presente se concede. IV - DISPONER que al momento de su soltura las autoridades de la Unidad N° 27 del S.P.B. hagan entrega al liberado de su documento de identidad personal o certificado de su tramitación, del certificado de estudios y/o capacitación laboral que posea, efectos personales y pago en forma total de los fondos propios y parcial de peculios, en función del porcentaje que reglamentariamente se fije y/o la entrega dineraria que correspondiera, dejándose aclarado que en caso de que no hubiese recibido peculio o no posea fondos propios, se deberá proceder de conformidad con lo dispuesto en el art. 111 de la ley 12.256. V- DISPONER RESPECTO DE AYALA ALFREDO EMILIANO (FC N° 282.200) LA EXPRESA PROHIBICIÓN DE SALIR FUERA DEL PAÍS hasta el vencimiento de la pena impuesta, excepto previa autorización judicial. VI - HACER saber a AYALA ALFREDO EMILIANO (FC N° 282.200) que deberá presentarse por ante estos estrados el próximo Martes 30 de Enero de 2024 a las 10:00hs, a efectos de labrar el acta compromisoria, bajo apercibimiento de revocarle la libertad concedida.- Líbrense las comunicaciones de estilo y notifíquese a las partes y al encartado mediante acta confeccionada personalmente. fjm REFERENCIAS: Funcionario Firmante: 29/01/2024 12:03:29 - MERLINI Federico Facundo -