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Numero ExpedienteVI-00095-P-2024
Pautas

a) residir en el domicilio fijado, el que no podrá variar sin previo conocimiento y autorización de la Oficina Judicial y someterse al cuidado del Patronato de Asistencia a Presos y Liberados; y

b) someterse a tratamiento psicológico en el área de salud mental del Hospital Zatti de Viedma vinculado a la problemática de adicciones, previo informe que acredite su necesidad o eficacia.
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