Pautas |
- Residir en el domicilio de Evita nro. 1830 de la localidad de General Roca, la que no podrá modificar sin previa autorización de este juzgado o mediante comunicación al Patronato de Liberados correspondiente,
- Procurarse trabajo u oficio, debiéndoles informar tal circunstancia al Patronato de Liberados,
- Someterse al cuidado e inspección de la Delegación del Patronato de Liberados correspondiente a su domicilio (Avenida Roca N° 1.357 de Gral. Roca (8332) – TE (2984)4427560 / (2984) 15882626, responsable de su asistencia y supervisión, observando las reglas que el mismo le imponga (art. 161, 164, 165, y cctes. de la Leyb12.256 y 515 del Código Procesal Penal),
- Abstenerse de ingerir bebidas alcohólicas y de consumir estupefacientes,
- No cometer nuevos delitos. Que el incumplimiento de cualquiera de estas condiciones será pasible de revocación del instituto aquí concedido (art. 15 C.P.)
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