Numero Expediente | RO-00248-P-2024 |
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Pautas | 1) Presentaciones bimestrales ante el IAPL; 2) Abstenerse del consumo excesivo de bebidas alcohólicas y abstenerse del uso de estupefacientes; 3) Realizar tratamiento psicológico previo informe del Cuerpo Médico Forense sobre su necesidad y eficacia; y en caso de ser necesario, el mismo sea realizado en salud mental del hospital más próximo a su domicilio (o donde lo gestione el IAPL) a efectos de trabajar sobre las conductas violentas en las relaciones de pareja; 4) Prohibición de acercamiento a un radio noinferior a los 200 mts. a la persona de Débora Rocío Ñanco y a su domicilio sito en calle 3 de Febrero N° 3805 de Gral. Roca; debiendo asimismo abstenerse de cualquier tipo de contacto con la misma y por cualquier medio, por si o por interpósita persona, cualquier reclamo que deba realizar deberá hacerlo a través del Juzgado de Familia competente; |