Numero Expediente | RO-00133-P-2024 |
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Pautas |
1) Fijar y mantener domicilio y en caso de cambio del mismo deberá informarlo al Juzgado de Ejecución Penal Nro. 10 de esta ciudad. 2) Presentarse bimestralmente ante el Instituto de Asistencia a Presos y Liberados. 3) Abstenerse del consumo excesivo de bebidas alcohólicas y abstenerse del uso de estupefacientes. 4) Realizar tratamiento psicológico previo informe del Cuerpo Médico Forense sobre su necesidad y eficacia; y en caso de ser necesario, el mismo sea realizado en salud mental del hospital más próximo a su domicilio o donde lo gestione el IAPL, a efectos de trabajar sobre las conductas violentas en las relaciones de pareja. 5) Prohibir a el acercamiento a un radio no inferior a los 200 mts del domicilio de calle 305 bis N° 2232 de esta ciudad y a 200 mts de la persona de la Sra. Verónica Silvia Dubertti, impidiéndole mantener cualquier tipo de contacto con la misma, sea gestual, telefónico, a través de redes sociales (por ej. Facebook, Twitter, WhatsApp, mensajería instantánea, etc.) por sí o por interpósita persona, cualquier reclamo que deba realizar deberá hacerlo a través del Juzgado de Familia competente; bajo apercibimiento de incurrir en el delito de desobediencia a una orden judicial (art. 239 C.P.) |