Numero Expediente | RO-00074-P-2024 |
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Pautas | a) fijar y mantener un domicilio del cual no podrá ausentarse sin previa y expresa autorización del Juzgado de Ejecución Penal Nº 10 de General Roca; b) presentarse ante el Instituto de Presos y Liberados de la ciudad de General Roca una vez cada tres meses a fines de dar cuenta de sus condiciones de vida; c) abstenerse de consumir bebidas alcohólicas y estupefacientes; d) realizar un tratamiento psicológico a los fines de evitar conductas de violencia; e) prohibición de acercamiento en un radio inferior a los 500 metros de los domicilios ubicados en Chacra 42, lote 2 y calle Nicaragua Nº 2029, ambos de Villa Regina y 50 metros de la Sra. Ana Clara García, DNI Nº 43.488.074, como así, una prohibición de mantener cualquier tipo contacto y/o comunicación para con ella, sea de forma personal, gestual, telefónica, digital (como redes sociales y aplicaciones de mensajería instantánea), por sí o por terceras personas (art. 27 bis del Código Penal).
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