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Numero ExpedienteBA-00047-P-2024
Pautas

a) fijar domicilio en la calle Cacique Linares 184 (o Brown S/N), Barrio Valle Nuevo, EL BOLSON, debiendo comunicar a éste juzgado cualquier cambio en el mismo antes de efectivizarse para poder realizar el informe social pertinente;

b) No ausentarse de la provincia de Río Negro sin autorización del Juzgado;

c) Abstenerse de consumir o tener en posesión bebidas alcohólicas, estupefacientes o psicofármacos no prescriptos por la autoridad médica;

d) no cometer nuevos delitos ni contravenciones;

e) no concurrir a determinados lugares o frecuentar determinadas personas que pudieran obstaculizar su debida reinserción social;

f) someterse al cuidado del IAPL, presentándose una vez por mes;

g) adoptar profesión u oficio, el que comunicará al Juzgado;

h) abstenerse de generar conflictos y/o daños sobre las cosas o las personas;

i) no portar armas de ninguna naturaleza, ni tener en el domicilio armas de fuego;

j) prohibición total de todo contacto, ya sea físico o virtual, con las víctimas de las causas de condena. Todo ello bajo apercibimiento en caso de incumplimiento injustificado, de revocar la libertad condicional y ordenar la inmediata detención hasta el cumplimiento total de la pena, ya que el presente instituto no modifica en nada la sentencia condenatoria, la que se mantiene inalterable (artículos 13 y 27 bis del Código Penal).