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Numero ExpedienteRO-00111-P-2024
Pautas

a) Fijar y mantener un domicilio del cual no podrá ausentarse sin previa y expresa autorización del Juzgado de Ejecución Penal Nº 10 de General Roca;

b) Presentarse ante el Instituto de Presos y Liberados de la ciudad de General Roca una vez cada tres meses a fines de dar cuenta de sus condiciones de vida;

c) Abstenerse de consumir estupefacientes y de abusar de bebidas alcohólicas en la vía pública; d) Realizar un tratamiento psicoterapéutico individual con especial abordaje en violencia familiar y control de la ira, presentando la constancia de inicio y de finalización del mismo.

e) Prohibición de acercamiento en un radio inferior a los 50 metros de la Sra. Rocío Anahí Henríquez, DNI Nº 43.488.075 y 100 metros del domicilio ubicado en la calle Alem Nº 66, de General E. Godoy (R.N.), como así, una prohibición de todo tipo de contacto y/o comunicación para con ella, sea de forma personal, gestual, telefónica, digital (como redes sociales y aplicaciones de mensajería instantánea), por sí o por terceras personas (art. 27 bis, del Código Penal).