Numero Expediente | RO-00089-P-2024 |
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Pautas | a) Fijar y mantener un domicilio del cual no podrá ausentarse sin previa y expresa autorización del Juzgado de Ejecución Penal Nº 10 de General Roca; b) Presentarse ante el Instituto de Presos y Liberados de la ciudad de General Roca una vez cada tres meses a fines de dar cuenta de sus condiciones de vida y c) Prohibición de acercamiento en un radio inferior a los 50 metros del Sr. Baldomero Bassi, DNI Nº 17.793.848 y 200 metros de la Chacra, Lote 5, de su propiedad, ubicada en Valle Azul (R.N.) Respecto del condenado Antonio Alejandro Pacheco, se le impone además como regla de conducta la utilización por el plazo de tres meses de un dispositivo electrónico con GPS de acuerdo a lo establecido en el “Protocolo de Actuación de la Unidad de Arresto Domiciliario por Monitoreo Electrónico”, suscripto entre la Secretaría de Estado de Seguridad y Justicia, el Superior Tribunal de Justicia y la Procuración General de la provincia de Río Negro. A tal efecto dese intervención a la Unidad de Arresto Domiciliario por Monitoreo Electrónico (UADME) para que proceda a la colocación en la persona del condenado del dispositivo de mención (tobillera electrónica). |