Numero Expediente | 2RO-2089-JE2018 |
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Pautas |
inc. f de la Ley 24.660) la que se hará efectiva a partir del día de la fecha CON dispositivo de monitoreo electrónico GPS, a fin de cuidar a los menores de edad Melani, Enzo, Santino y Joaquín en el domicilio sito en calle Rosario de Santa Fe n° 3.400, Barrio Nuevo de esta ciudad.
Precedentemente deberá observar las siguientes reglas de conducta: Fijar domicilio en la calle Rosario de Santa Fe n° 3.700, Barrio Nuevo de esta ciudad, debiendo notificar a este juzgado cualquier cambio en el mismo,
V- REQUERIR a la SENAF el acompañamiento a MAYCO ENZO GARAY y a sus hijos menores de edad en la situación que se encuentran atravesando.
S/OFICIO 12/08/2021, el Sr Juez de Ejecución Penal Dr. Fernando Romera RESUELVE:
I – AUTORIZAR al Sr GARAY, MAYCO ENZO a trasladarse desde el domicilio fijado para la prisión domiciliaria hasta la Escuela Primaria nro. 275 “Vialidad Nacional” sita en calle 3 de Febrero 2559 de esta ciudad, donde concurren sus hijas menores: Garay Ainara Franchesca y Garay, Melanie Nazarena los días lunes, martes, jueves y viernes de 7 a 9:30 horas, debiendo regresar al domicilio. Pudiendo egresar nuevamente a retirarlas a las menores a las 10:30 hasta las 13 horas. Dicha autorización se hará efectiva una vez que la defensa presente la certificación que acredite la semana de burbuja educacional con fechas que le tocaría asistir a las menores de edad, a fin de notificar a la UADME.
Menores asistan a la Escuela Primaria nro. 275 “Vialidad nacional” sita en calle 3 de Febrero 2559 de esta ciudad (oportunidad en las que deja sus hijas en la escuela) al supermercado “VEA” sito en calle Av. San Juan 2222 de ésta ciudad, para abastecerse de alimentos, NO PUDIENDO DEAMBULAR POR NINGUN OTRO LUGAR. Se le permite únicamente regresar a la escuela para retirar las menores y luego al domicilio fijado para prisión domiciliaria. |