Numero Expediente | VI-00035-P-2024 |
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Pautas | Conforme Sentencia del 17 de Abril de 2024 lo condenan a una pena de tres (3) años de prisión de ejecución condicional, como autor material y penalmente responsable del delito de abuso sexual simple agravado por la guarda, ordenando por el término de tres (3) años el cumplimiento de las siguientes pautas de conducta: -Fijar el domicilio y no mudarse sin previa notificación: -Someterse al cuidado y supervisión del IAPL: -Prohibir el acercamiento a una distancia menor de los 300 (trescientos) metros al domicilio de la víctima sita en la calle Avellaneda 212 de Luis Beltrán (RN): -Prohibición de contacto a la víctima M.A.A. ya sea en forma directa y/o por cualquier medio de comunicación (telefónico, redes sociales, plataformas virtuales, etc.) y sea en forma personal y/o por interpósita persona: -Tratamiento psicológico cuyo inicio deberá acreditar el IAPL dentro del primer mes: |